INTRODUCCIÓN DE LA RADIO Y LA TELEVISIÓN DIGITALES
Los servicios de radiodifusión digital (sonora
y de televisión), en su vertiente terrenal, se caracterizan por
una elevada calidad técnica de imagen y sonido, por una gran inmunidad
frente al ruido y a las interferencias, por su facilidad de reconfiguración
dinámica y por su flexibilidad para la recepción tanto con
aparatos domésticos fijos como con receptores a bordo de vehículos
o portátiles pero, también, se caracteriza por el aprovechamiento
eficaz de un recurso limitado y escaso como es el espectro radioeléctrico
y por el incremento sustancial de la capacidad para disponer de un mayor
número de programas.
La introducción en España de la radiodifusión digital
tiene su origen en una disposición adicional de la Ley de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 1997, también conocida
como Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado
para 1998, que proporciona la base jurídica para el desarrollo
reglamentario de la radiodifusión sonora digital terrenal, en adelante
radio digital o, abreviadamente, RD (en lugar de las siglas anglosajonas
T-DAB) y de la televisión digital terrenal, en adelante televisión
digital o, abreviadamente, TD (en lugar de las siglas anglosajonas DVB-T).
Dicha disposición adicional, a pesar de su brevedad y sencillez,
fue el resultado de un largo proceso de gestación durante el cual
adoptó diferentes formas pero, en realidad, no se trata más
que de la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico
de una nueva tecnología que no estaba contemplada hasta entonces
entre los servicios de difusión.
Efectivamente, la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones de
1987, derogada casi por completo por la Ley General de Telecomunicaciones
de 1998 pero no en lo relativo a los servicios de difusión, se
refiere a la televisión y a la radiodifusión sonora (onda
corta, onda larga, onda media y ondas métricas con modulación
de frecuencia) pero no contiene referencias a la tecnología empleada
para realizar las emisiones ya que, en aquel momento, por el estado en
el que se encontraba la técnica sólo podía ser analógica.
Además, la nueva tecnología digital de la radio y la televisión,
basada principalmente en técnicas de compresión de la información
de imagen y sonido (MPEG) y en la modulación multiportadoras (OFDM),
que proporcionan una notable mejora en la calidad de imagen y sonido,
contiene peculiaridades que la diferencian sustancialmente de las formas
de explotación técnica convencional existentes en la tecnología
analógica.
Fundamentalmente, estas peculiaridades consisten en un uso más
eficaz del espectro radioeléctrico, permitiendo incrementar la
capacidad para un mayor número de programas y reduciendo las distancias
de reutilización de las frecuencias, además de otras ventajas
como son la posibilidad de funcionar en redes de frecuencia única
(SFN) y la posibilidad de incorporar numerosos servicios adicionales de
transmisión de datos (servicios interactivos con la programación,
anuncios interactivos, noticias, telecompra, telebanca, teleeducación,
mensajes de tráfico en el vehículo, mapas de información
meteorológica,...), a los que puede dedicarse un máximo
del 20% de la capacidad total de transmisión digital.
Por estos motivos, la citada disposición adicional de la Ley de
Acompañamiento contempla la explotación de los servicios
de radio y televisión digitales tanto en redes de frecuencia única
como en redes multifrecuencia (MFN) en cualesquiera de los ámbitos
de cobertura nacional, autonómico y local, existentes en nuestro
disperso régimen jurídico para los servicios de difusión
(Estatuto de la Radio y la Televisión, Ley del Tercer Canal [autonómico]
de Televisión, Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones,
Ley de Televisión Privada y Ley de Televisión Local), facultando
al Estado para el otorgamiento de concesiones cuando el ámbito
de cobertura es estatal y a las Comunidades Autónomas cuando el
ámbito es autonómico o local, pero siempre en conformidad
tanto con los Planes Técnicos Nacionales que apruebe el Gobierno
como con los Reglamentos Técnicos y de Prestación de los
Servicios que apruebe el Ministerio de Fomento. Adicionalmente, la reserva
de espectro radioeléctrico necesario para la introducción
y desarrollo de los nuevos servicios digitales de difusión se encuentra
contemplada, desde hace varios años, en el Cuadro Nacional de Atribución
de Frecuencias (CNAF).
A nivel europeo, las bandas de frecuencias, las bases técnicas,
los criterios de planificación radioeléctrica y los principios
de coordinación internacional para la introducción en Europa
de esta nueva tecnología fueron acordados en Wiesbaden (Alemania),
en 1995, en cuanto a la radio digital, y en Chester (Reino Unido), en
1997, en cuanto a la televisión digital.
En España, según establece el correspondiente Plan Técnico
Nacional (Plan TD), la televisión digital se introducirá
en las bandas de frecuencias de UHF, la mayor parte de las cuales (canales
21 a 65) se encuentra ocupada por estaciones de televisión analógica
convencional, mientras que el resto (canales 66 a 69) hasta ahora se encontraba
ocupada por otros servicios de radiocomunicaciones, principalmente, servicios
fijos y móviles.
Para posibilitar el desarrollo paulatino de la televisión digital,
el Plan TD ha previsto un periodo transitorio que, en principio, finalizará
el 31 de diciembre de 2011 (fecha sujeta a revisión en el futuro)
durante el cual las estaciones de televisión analógica irán
cesando en sus emisiones para dejar espectro radioeléctrico disponible
para la televisión digital. Por esto se dice que la televisión
digital es una tecnología sustitutiva de la televisión analógica.
La programación, pública y privada, emitida actualmente
por las estaciones de televisión analógica se emitirá
simultáneamente, durante un periodo de tiempo suficientemente largo,
por estaciones de televisión digital, con cobertura radioeléctrica
equivalente, antes del cese de emisiones analógicas.
En cambio, según establece el correspondiente Plan Técnico
Nacional (Plan RD), la radio digital se introducirá en los canales
8 a 11 de las bandas de frecuencias de VHF, ocupada todavía por
algunas estaciones de televisión analógica que disponen
de canales reservados en las bandas de UHF para continuar con sus emisiones.
Además, también se ha previsto una futura ampliación
de espectro a la banda L (1,5GHz). Por lo tanto, no se considera que la
radio digital sea una tecnología sustitutiva de la radiodifusión
sonora en onda media (OM) o en frecuencia modulada (FM). Sin perjuicio
de que, con el paso de los años, estas últimas tecnologías
puedan quedarse obsoletas y sean sustituidas por otras.
Los canales radioeléctricos de la televisión digital ocupan
la misma anchura de banda (8MHz) que los canales utilizados por la televisión
analógica pero, debido a la utilización de técnicas
de compresión de las señales de imagen y sonido (MPEG),
tienen capacidad para un número variable de programas de televisión
en función de la velocidad de transmisión, pudiendo oscilar
entre un único programa de televisión de alta definición
(gran calidad de imagen y sonido) a cinco programas con calidad técnica
similar a la actual (norma de emisión G con sistema de color PAL),
o incluso más programas con calidad similar al vídeo. Sin
embargo, inicialmente, se ha previsto que cada canal múltiple de
cobertura nacional o autonómica incluya, como mínimo, cuatro
programas. Por el momento, no se contempla la emisión de programas
de televisión de alta definición.
El término “canal múltiple” utilizado ampliamente
en el Plan TD, y en otras disposiciones oficiales, se refiere a la capacidad
de un canal radioeléctrico para albergar varios programas de televisión.
Por otra parte, lo que en televisión digital se denomina canal
radioeléctrico en radio digital recibe el nombre de bloque de frecuencias
y tiene una anchura de banda de aproximadamente 1,5MHz. Por lo tanto,
caben cuatro bloques (A, B, C y D) en cada canal de televisión
analógica de las bandas de VHF (7MHz), existiendo unas ciertas
bandas de guarda entre bloques. Igualmente, en cada bloque de frecuencias
existe capacidad para un número variable de programas de audio
en función de la velocidad de transmisión, pudiendo oscilar,
por ejemplo, entre cuatro programas con calidad similar a la del disco
compacto (CD) y doce programas con calidad monofónica. Sin embargo,
inicialmente, se ha previsto que cada bloque de frecuencias de cobertura
nacional, autonómica o, en su caso, local incluya seis programas,
permitiendo con ello proporcionar programas de sonido estereofónico
de alta calidad.
Las redes de frecuencia única (SFN) son redes de radiocomunicaciones
integradas por transmisores que emiten por el mismo canal radioeléctrico
o, en su caso, bloque de frecuencias, la misma programación (uno
o más programas) a una zona geográfica sin que se produzcan
interferencias mutuas (para ello se requiere que exista un intervalo temporal
de guarda suficientemente largo después de cada intervalo útil
para evitar la denominada interferencia entre símbolos, ISI). La
zona geográfica puede ser tan pequeña como una localidad
o tan grande como un país pero, lógicamente, cuanto más
grande sea la zona más difícil será técnicamente
asegurar el sincronismo entre transmisores. La tecnología digital
terrenal permite el uso de redes de frecuencia única, y es una
de sus grandes ventajas desde el punto de vista del aprovechamiento óptimo,
racional y eficaz del espectro radioeléctrico, pero tiene el inconveniente
de no permitir la regionalización de la programación (emisiones
diferenciadas en su zona geográfica de servicio).
En cambio, las redes multifrecuencias (MFN) son las redes integradas por
transmisores que emiten en diferentes canales para cubrir una amplia zona
geográfica, haciendo un mayor uso del espectro radioeléctrico
pero permitiendo la regionalización de sus programas. Las redes
analógicas de difusión de televisión son redes multifrecuencias,
pero también se puede utilizar este tipo de redes en la televisión
digital.
Los Planes RD y TD, a diferencia de otros Planes Técnicos Nacionales,
no son planes de asignaciones de frecuencia (en estos planes, a cada estación,
definida por su posición geográfica, se le asigna una frecuencia
y una potencia) sino que son planes de adjudicaciones de frecuencias (en
estos otros planes, a cada zona geográfica del área de planificación
se le adjudica un canal radioeléctrico o, en su caso, un bloque
de frecuencias). Los planes de adjudicaciones de frecuencias son los apropiados
para el establecimiento de redes de frecuencia única.
En la elaboración de los Planes de radio y televisión digitales,
además de tener en cuenta las estaciones españolas de televisión
analógica, se han respetado y protegido frente a las interferencias
los servicios de radiocomunicaciones de los países vecinos, fundamentalmente
Andorra, Argelia, Francia, Portugal y Marruecos. Esta circunstancia ha
impuesto unas exigentes condiciones de contorno que limitan el desarrollo
completo de algunas redes de frecuencia única en zonas fronterizas
o costeras.
Otro factor esencial tenido en cuenta en la planificación radioeléctrica
de la radio y la televisión digitales, con el objetivo de reducir
el impacto en el número de habitantes afectados, fue la minimización
del número de estaciones de televisión analógica
que habrán de modificar su canal de emisión para posibilitar
las emisiones digitales de radio y televisión sin interferencias.
Para alcanzar este objetivo se aplicaron dos criterios. El primero fue
la preservación de los canales de los centros emisores principales
de la televisión analógica que, en general, dan servicio
a las grandes ciudades y capitales de provincia o autonómicas,
y el segundo fue la adjudicación en cada zona de los canales o
bloques con menor número de estaciones reemisoras de televisión
que tendrán que modificar su canal de emisión.
Sentadas las bases de planificación, se elaboraron planes de adjudicaciones
de bloques y canales para la radio y la televisión digitales, respectivamente,
que permitirán el establecimiento de redes de frecuencia única
de ámbito nacional, autonómico y provincial o, incluso,
insular en el caso de la radio digital.
El proceso de planificación se ejecutó utilizando un método
automático por ordenador que permite obtener una solución
heurísticamente óptima con el objetivo de minimizar el número
total de canales analógicos que deben ser modificados. Esta herramienta
informática opera, principalmente, con una matriz de incompatibilidades
y con una matriz de penalizaciones.
La matriz de incompatibilidades es una matriz cuadrada simétrica
cuya dimensión coincide con el número de zonas geográficas
que se desea planificar y cuyos elementos indican si dos zonas pueden
tener adjudicado el mismo canal o bloque, o por el contrario, si son radioeléctricamente
adyacentes, no pueden tener adjudicado el mismo canal o bloque.
Los elementos de la matriz de penalizaciones corresponden al número
de estaciones de televisión analógica que, en cada zona
geográfica, ocupan un determinado canal o bloque.
En la práctica, debido a las fuertes restricciones que imponen
las condiciones de contorno derivadas de la coordinación radioeléctrica
internacional con los países vecinos, algunas zonas geográficas
adyacentes han recibido la adjudicación del mismo bloque o canal.
Sin embargo, en estos casos singulares, se ha tenido en cuenta las condiciones
orográficas existentes en los límites provinciales que proporcionan
un apantallamiento debido al relieve del terreno.
Como resultado del proceso de planificación, se ha establecido
unos planes de adjudicación de bloques y canales; no obstante,
también se ha previsto una futura planificación de redes
multifrecuencia y de transmisores de cobertura local, que dependerán
de las necesidades de cobertura manifestadas por las Comunidades Autónomas
y de la disponibilidad de espectro radioeléctrico, de manera que
exista una oferta de frecuencias equivalente para la cobertura estatal
y para la autonómica y local conforme a lo establecido en la Ley
General de Telecomunicaciones.
Con carácter previo al inicio de emisiones regulares, y con el
objetivo de adquirir experiencia en la nueva tecnología, se autorizó
la realización de emisiones experimentales de televisión
digital en Madrid, desde 1996, y en Barcelona, desde 1997, y de radio
digital, desde 1998, en Madrid, Barcelona, Valencia y Vitoria.
Las experiencias de televisión digital en Madrid se hicieron en
el marco del convenio de colaboración auspiciado por el Ministerio
de Fomento, denominado proyecto Viditer, mientras que las experiencias
de radio digital, al margen de las emisiones temporales realizadas en
Pamplona durante tres semanas en 1996, se han realizado en el marco de
la colaboración entre las distintas entidades que se agrupan en
el Foro de la Radio Digital, asociación impulsada por el Ministerio
de Fomento.
El concurso público para la adjudicación de una concesión
de televisión digital con catorce programas de cobertura nacional,
que se emitirán codificados la mayor parte del tiempo, ya ha sido
resuelto y las emisiones en pruebas se iniciaron en Madrid y en Barcelona
el 15 de noviembre de 1999. También ha sido resuelto el concurso
para la adjudicación de dos nuevos programas para el ámbito
territorial de la Comunidad de Madrid estando previsto el comienzo de
emisiones antes del 1 de abril de 2000. Otras Comunidades Autónomas
tienen también prevista la próxima convocatoria de concursos
para la adjudicación de licencias en sus ámbitos territoriales.
Por su parte, el concurso público para la adjudicación de
diez concesiones de radio digital, correspondientes a otros tantos programas
de ámbito nacional, previsiblemente debe haberse resuelto antes
de finales de 1999 y las emisiones regulares se iniciarán, probablemente,
antes del 30 de junio de 2000. También está prevista la
próxima convocatoria de concursos para la adjudicación de
concesiones en los ámbitos territoriales autonómicos que
corresponderá otorgar a las Comunidades Autónomas.
Para favorecer la implantación de la radio y televisión
digitales se aprovechará gran parte de las infraestructuras existentes
para la radio y la televisión, tanto en transmisión (instalaciones
y antenas de emisión) como en recepción (antenas colectivas);
no obstante, la captación de los programas emitidos con tecnología
digital requerirá un nuevo equipamiento para el usuario (decodificadores
y módulos de acceso condicional en el caso de la televisión
digital, o receptores digitales, con o sin monitor, en el caso de la radio
digital).
La necesidad de adquirir este equipamiento en un mercado emergente es
el obstáculo más importante para la implantación
y desarrollo de la nueva tecnología, pero la digitalización
de los servicios de radiodifusión, sonora y de televisión,
no tiene vuelta atrás.
José Ramón Camblor
Ingeniero de Telecomunicación
Jefe del Área de Planificación del Espectro Radioeléctrico
Secretaría General de Comunicaciones
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